¿Prescriben las deudas con Hacienda?

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La respuesta corta es sí, las deudas con Hacienda prescriben, pero bajo ciertas condiciones y con plazos específicos. La prescripción de una deuda implica que, transcurrido un determinado periodo sin que la Administración haya realizado ninguna acción para reclamarla, el derecho de Hacienda a exigir el pago caduca.

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Plazos de prescripción de las deudas con Hacienda

 

El plazo general de prescripción de las deudas tributarias en España es de cuatro años. Este plazo se cuenta a partir de diferentes momentos, según el tipo de actuación administrativa que se trate:

  1. Desde el día siguiente a la finalización del periodo voluntario de pago: Es decir, una vez que el plazo para pagar el impuesto o la deuda tributaria ha vencido, comienzan a contar los cuatro años.

  2. Desde el día en que se presentó la declaración o autoliquidación: En caso de impuestos que requieren una declaración por parte del contribuyente, como el IRPF o el IVA, el plazo empieza a correr desde la presentación de dicha declaración.

  3. Desde el momento en que la deuda fue liquidada por Hacienda: Esto ocurre cuando la Agencia Tributaria, tras una inspección o revisión, notifica una deuda adicional al contribuyente.

Es importante destacar que el plazo de prescripción puede interrumpirse si Hacienda realiza alguna acción concreta para reclamar la deuda, como:

  • El envío de una notificación de embargo.
  • La emisión de una providencia de apremio.
  • La ejecución de una inspección fiscal.
  • La interposición de una reclamación judicial por parte de la Agencia Tributaria.

Cuando esto sucede, el contador de los cuatro años vuelve a ponerse en cero, y comienza un nuevo periodo de prescripción.

¿Qué ocurre si la deuda con Hacienda prescribe?

 

Si la deuda con Hacienda prescribe, el contribuyente queda liberado de la obligación de pagarla. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la prescripción no es automática. Es decir, si Hacienda sigue reclamando la deuda, aunque haya prescrito, el deudor debe solicitar formalmente la declaración de prescripción ante la Administración. En caso de que Hacienda se niegue, es posible recurrir a los tribunales.

La prescripción de deudas con Hacienda y la Ley de Segunda Oportunidad

 

La Ley de Segunda Oportunidad permite a las personas físicas, incluidas las que ejercen como autónomos, reestructurar sus deudas o, en algunos casos, cancelarlas por completo mediante un proceso judicial. Pero, ¿Cómo se relaciona esto con las deudas que se tienen con Hacienda?

¿Es posible incluir las deudas con Hacienda en la Ley de Segunda Oportunidad?

 

Sí, es posible incluir las deudas con Hacienda dentro de un proceso de Ley de Segunda Oportunidad, pero con ciertas limitaciones. Aunque la ley contempla la posibilidad de cancelar parte de las deudas públicas, como las deudas tributarias, en la práctica, no se pueden extinguir por completo. Sin embargo, existen mecanismos dentro de la ley que permiten la negociación para establecer un plan de pagos más asequible o, en algunos casos, obtener quitas parciales.

Impacto de la prescripción en la Ley de Segunda Oportunidad

 

Cuando una deuda con Hacienda prescribe, deja de ser exigible y, por lo tanto, no es necesario incluirla en el acuerdo de pagos o en el plan de liquidación de la Ley de Segunda Oportunidad. Esto puede representar una ventaja significativa para el deudor, ya que reduce el monto total de las obligaciones que deben ser gestionadas a través del proceso judicial.

Además, si una deuda ha prescrito antes de que se inicie el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad, el contribuyente puede solicitar que no se considere como parte del activo o pasivo en la solicitud de exoneración. Esto es particularmente relevante para aquellos que buscan una exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), ya que la cantidad total de deuda influye en la decisión del juez.

Recomendaciones para deudores con Hacienda

 

Si tienes deudas con Hacienda y estás considerando acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, es fundamental que evalúes el estado de prescripción de tus deudas antes de iniciar el proceso. Aquí te dejamos algunas recomendaciones:

  1. Consulta con un abogado especializado: Un profesional con experiencia en derecho tributario y Ley de Segunda Oportunidad podrá analizar tu situación específica y determinar si alguna de tus deudas con Hacienda ha prescrito o está próxima a prescribir.

  2. Revisa la documentación de Hacienda: Asegúrate de tener a mano todas las notificaciones y comunicaciones que hayas recibido de Hacienda, ya que son clave para calcular correctamente los plazos de prescripción.

  3. Solicita la declaración de prescripción si es necesario: Si consideras que alguna de tus deudas ha prescrito, solicita formalmente a la Agencia Tributaria que reconozca la prescripción. Si no lo haces, Hacienda podría seguir reclamando la deuda.

  4. Considera el impacto en la Ley de Segunda Oportunidad: Si alguna de tus deudas ha prescrito, infórmaselo a tu abogado para que no se incluya en el plan de pagos o liquidación.

Conclusión

 

La prescripción de deudas con Hacienda es un aspecto que puede ofrecer un alivio significativo para quienes se sienten agobiados por sus obligaciones tributarias. Conocer los plazos de prescripción y entender cuándo y cómo Hacienda pierde el derecho a reclamar una deuda puede ser determinante en tu situación financiera. No obstante, es fundamental actuar de manera proactiva: la prescripción no es automática y, en muchos casos, deberás solicitar formalmente su reconocimiento.

Si sospechas que alguna de tus deudas con Hacienda ha prescrito, no dudes en consultar a un abogado especializado. Un profesional puede ayudarte a verificar esta prescripción y, en su caso, a gestionar el proceso para que la deuda quede oficialmente cancelada. Este conocimiento no solo te dará tranquilidad, sino que también te permitirá enfocarte en reorganizar tus finanzas sin la sombra de deudas que quizás ya no deberían estar ahí. ¡Recuerda que la información es poder, y en temas de deudas con Hacienda, estar bien informado puede hacer toda la diferencia!

 

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